Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre del República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647, literal (e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratifica a los sancionados IDENTIDADES OMITIDAS, la medida sancionadora de Libertad Asistida, y que la misma será cumplida a través del Equipo multidisciplinario, recibiendo orientaciones psicológicas y el seguimiento social, cada dos meses, y que el ciudadano psicólogo informe una vez que se reinicie el proceso terapéutico si los sancionados ameritan seguir con el mismo, por el tiempo que les falta por cumplir. Notifíquese a la Coordinación del Equipo Multidisciplinario, al psicólogo y a la víctima de la presente decisión.
En Guanare, a los cinco días del mes de diciembre de 2006.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
Abg. ZORAIDA RAMONA GRATEROL.....