DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 647 literal (h) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: El Cese de la medida dictada al sancionado (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), identificado en autos, impuesta en fecha 18/10/2007, consistente en Reglas de Conducta, por cuanto se ha logrado el objetivo de la Ley y ha transcurrido el lapso previsto para su cumplimiento.
Segundo: Oficiar a la Psicóloga adscrita a los Servicios Auxiliares de la Sección Adolescente, a los fines de notificarle de la presente decisión.
La Juez de Ejecución
Abg. Julet Coromoto Valera Carrillo
La Secretaria,
Abg. .....