Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal (e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratifica al joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA, la medida de Libertad Asistida, estableciendo como fecha probable para la cesación el mes de Mayo del año 2007, se acuerda notificar al Equipo Multidisciplinario para que le siga impartiendo al sancionado las evaluaciones psicológicas y el correspondiente seguimiento social, igualmente notificarle a las víctimas, y en virtud de que la ciudadana Mireya Yaneth Morales Ramos (víctima) no ha sido ubicada en la dirección que aparece en las actas se acuerda notificarla mediante el cartel del Tribunal..
En Guanare, a los Nueve días del mes de Octubre de 2006.-
La Jueza de Ejecución,
Abg. Zo.....