Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Ratifica y Prolonga en el tiempo el cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, que cumple el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), ante el equipo multidisciplinario adscrito la sección de adolescente de los servicios judiciales de esta instancia judicial Impone a la adolescente, siendo la fecha probable de cese de la medida el 24 de octubre de 2005, de conformidad a los resultados de las valoraciones terapéuticas. Así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dada sellada y firmada en la sala de audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescente, en la ciudad de Guanare, a los 10 días del mes de Agosto de 2005.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
Abg. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ
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