Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal (e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratifica la medida de Libertad Asistida, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, hasta que sean realizadas dos sesiones psicológicas por ante el Equipo Multidisciplinarío, iniciando su primera sesión en el día de hoy, y una vez que conste la resultas por parte del psicólogo de las dos sesiones, se convocará a una audiencia para el cese de la medida. Se ordena oficiar al Equipo Multidisciplinario para que se le de cumplimiento a lo acordado. Las partes quedan notificadas de la presente decisión.-
En Guanare, a los once días del mes de Julio de 2006.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
Abg. ZORAIDA RAMONA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA
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