DISPOSITIVA
En resolución de todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Sin lugar el permiso especial solicitado por la defensa pública I Abogado Luís Alberto Arocha, no obstante, en aras de la salud del sancionado cuyos datos se omiten por razones de Ley, se acuerda Suspender temporalmente el cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad, por el lapso de un (1) mes, en virtud del informe médico consignado que así lo indica y sugiere, para ser reintegrado a la Entidad de Atención varones, el día 13 de marzo de 2015, resolución dictada sobre la base de los artículos 41, 622 parágrafo primero, 646 y 647 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, .....