En consecuencia, este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Negar el Permiso Especial Navideño, solicitado por la defensa, por lo que se ordena notificar a las partes y a la Directora de la Casa de Formación Integral (V) Guanare.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Directora de la Casa de Formación Integral (V) Guanare, a los fines de continuar con el Plan Individual del referido joven adulto debiendo remitir mensualmente sus resultados e igualmente solicitar al Director de la Casa de Formación Integral, con sede en Acarigua las resultas del mismo.
LA JUEZ TEMPORAL DE EJECUCION
ABG. MARÍA YONEIDA CASTELLANOS
LA SECRETARIA
ABG. ELKER TORRES