Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impone al adolescente Identidad Omitida, antes identificado, las medidas de Reglas de Conducta, en la que debe realizar trabajos comunitarios en la brigada de los bomberitos que funcionan dentro del estado Portuguesa y Libertad Asistida que será cumplida con Orientaciones Psicológicas y Seguimiento Social, realizadas por Equipo Multidisciplinario adscrito a la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, que igualmente será el ente encargado de hacer el seguimiento y supervisión de las medidas, estas serán cumplidas en forma simultánea por el lapso de dos (02) años, estableciendo como posible fec.....