TERCERO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad al artículo 647 literal "i" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: No tiene materia sobre la cual decidir en relación a los motivos que dieron lugar a la presente audiencia; no obstante dado el pedimento en la sala que hace el adolescente sancionado relacionado a un permiso, se acuerda al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), un permiso para ir a compartir con sus padres en la ciudad de Acarigua, lugar donde tiene su domicilio, acompañado de su progenitora ciudadana Yelitza del Carmen Rodríguez, desde la misma sala de audiencia hoy 21 de febrero 2011 y hasta el día 22 de febrero 2011, donde deberá reingresar a la casa de formación integral para varones e la .....