Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 647 y 648, literal (e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratifica al joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA las medidas sancionadoras de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, estableciendo como fecha probable para la revisión de las medidas el 30 de junio de 2006.
En Guanare, a los veintidós días del mes de Mayo de 2006.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
Abg: ZORAIDA RAMONA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA
Abg: ARGELIA GUEDEZ ROMERO.
.I. E-040-06