Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO: Impone a la adolescente sancionada Se Omite por Razones de Ley, de las Medidas Sancionadoras de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, prevista en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Reglas de conducta: a.) La obligación de estudiar y/o trabajar, consignando la respectiva constancia y como Libertad Asistida: Recibir las orientaciones Psicológicas y Seguimiento Social, a través del Equipo Multidisciplinario de esta dependencia Judicial, por el lapso de un (01) año. Ofíciese lo conducente. Fecha de posible cese 23/08/2013.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Ejecución de Responsabil.....