DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, venezolano, titular de la cedula de identidad V- 27.575.497, de 16 años de edad, natural de Guanarito Estado Portuguesa, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Valle Verde; calle Principal del Municipio Guanarito Estado portuguesa, de las medidas de Reglas de Conducta, consistente en: obligación de estudiar y/o trabajar debiendo consignar constancia de estudio o trabajo, la prohibición de consumir, portar o distribuir sustancias estupefacientes, incurrir en la comisió.....