Este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Decreta: La Cesación de las Medidas de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad , impuestas al joven sancionado IDENTIDAD OMITIDA, Se decreta la Libertad Plena en la presente causa. Se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinarío del cese de las orientaciones psicológicas, y a la víctima de esta decisión.
En Guanare, a los Veintiséis (26) días del mes de Julio del año 2.006.
La Jueza de Ejecución,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina.
La Secretaria,
Abg. Okarina M. Colmenarez Tovar.
I.E-061-06.