Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA MANTENER LA SANCION DE REGLAS DE CONDUCTA y modifica la obligación de estudiar, por la obligación de alistarse en el Servicio Militar Obligatorio, al joven (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.260.275, de 19 años de edad, nacido el 23/12/85, soltero, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, calle Sucre, sector 2, casa N° 8.238, Guanare Estado Portuguesa. Regístrese y Publíquese.
Dada firmada y sellada en la sala del Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, a los veintiocho días del mes de enero del año 2005.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,
Abg. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. HILDA ROSA RODRÍGUEZ ORTEGA
E-121-0.....