el padre continuará ejerciendo la Custodia de los niños ................................................................., morochos de seis (06), cinco (05) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, así como también ejercerá la Custodia del niño JESÚS MIGUEL QUINTERO QUINTERO, de dos (02) años de edad, cuya Custodia venía siendo detentada por la madre, mientras que esta continuará ejerciendo la Custodia de la niña .............................., de un (01) año de edad, igualmente, acuerdan que ambos progenitores disfrutarán de un Régimen de Convivencia familiar amplio; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Consígnese copia certificada del presente acuerdo en el asunto civil Nº PH05-V-2008-000088.
La Juez,
Abg. Haydée Oberto Yépez
La Secretaria,
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