Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos HENRY GERMAN MENDEZ CAMACHO Y MARIA CAROLINA MEJIAS TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.996.595. y 17.828.742, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano HENRY GERMAN MENDEZ CAMACHO, en beneficio de su hija ENDRIMAR CAROLINA MENDEZ MEJIAS, de 10 meses de nacida y su hijo que esta por nacer con un tiempo de gestión de 07 meses, respectivamente, la cual ha sido fijada en la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00), mensuales, en el mes de Diciembre la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), para cancelar los gastos de calzados y vestuarios, el padre se obliga a cancelar el 50% de los gastos por honorarios médicos y medicinas; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuer.....