En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de las Ley HOMOLOGA el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa juzgada; de conformidad con lo revisto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda la copia fotostática certificada de la presente acta solicitada por la parte consignante y verificado como ha sido el pago, se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su remisión a la Coordinadora Judicial, mediante oficio. Es todo.
El Juez, La Secretaria,
Abg° Rafael Gainze Abg°Cirley Viera
LA REPRESENTANTE DE LA EMPRESA CONSIGNANTE
EL EXTRABAJADOR
LA ABOGADA ASISTENTE DEL TRABAJADOR,