En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA : PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano; ERIS GUSTAVO MONTOLLA RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.467.069,en contra de RAUL BERMUDEZ , Suficientemente identificado en autos parte demandada en la presente causa. SEGUNDO: Se condena a la Parte demandada , antes identificado, a pagar al demandante la cantidad de; SIETE MILLONES NOVECIENTOS CIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. 7.966.528,12)
por concepto de Prestaciones Sociales por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión.
TERCERO: Asimism.....