Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACION DE LA ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 428, del ciudadano JOSÉ DE LA TRINIDAD ARAUJO VALDERRAMA, llevado por ante la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, durante el año dos mil seis (2.006), Nº 428 libro de Registro Civil de Defunción, llevado por ante la Primera Autoridad Civil dejándose establecido que el verdadero nombre de la cónyuge del difunto es "EVANGELISTA GONZÁLEZ DE ARAUJO" y no "JUANA DE ARAUJO" como aparece en la copia Certificada del Acta de Defunción.
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.- Publíquese, regístrese y déjese copia.....