Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la pretensión por DESALOJO ARRENDATICIO incoada por el ciudadano SEBASTIANO LA BELLA CACCAMO, actuando en su propio nombre y en representación de la Sucesión Palmira La Pira La Bella: SALVATORE LA BELLA LA PIRA (Hijo), MARÍA C. LA BELLA LA PIRA (Hija) y SILVIO R. LA BELLA LA PIRA (Hijo), contra el ciudadano YABRA ESTEFAN, sobre tres locales comerciales, que forman parte del Edificio San Sebastiano, los cuales se encuentran en la planta baja, ubicado en la Avenida Unda, entre Carreras 5ta y 6ta, de esta ciudad de Guanare, Estado portuguesa, identificados con los Nros.: 1, 2 y 3, respectivamente. En consecuencia el demandado arrendatario deberá desalojar y entregar el in.....