Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN incoada por el ciudadano BENJAMÍN ESCALONA, contra el ciudadano MEZA JUAN DE DIOS, ambos plenamente ya identificados. En consecuencia, se condena al demandado a cancelar las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SESENTA BOLÍVARES (Bs. 23.946.060,00), monto líquido a que ascienden los instrumentos cambiarios.
SEGUNDO: Por cuanto la parte actora solicitó en el libelo de demanda que se calcularan los intereses moratorios que se causaran desde el día 15-03-2000, hasta que la presente Sentencia quede definitivamente firme, el Tribunal ordena una experticia complementaria del fallo, p.....