Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Y PARTIDA DE NACIMIENTO Nros.: 60, 105 y 2068, de los ciudadanos ANTONIO BLASUCCI CIAMPA, MARIELA BLASUCCI TARANGELO y GERARDO HUMBERTO BLASUCCI TARANGELO; en virtud de que en el caso del Acta de Matrimonio, celebrado por ante el Juzgado del Distrito Guanare de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y llevado por ante la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa y por ante el Registro Civil Principal del mismo Estado, se incurrieron varios materiales el primero en asentar su primer apellido "BLASUCI", siendo lo correcto "BLASUCCI"; el segundo en asentar el primer nombre de su extinta conyuge "YOLANDA", s.....