DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Partición del Bien de la Comunidad de Gananciales, específicamente el constituido por unas bienhechurías de frutales de café, debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, el cual está anotado bajo el número 25, folios 01/03, Protocolo I, Tomo I, Primer Trimestre, en fecha 19 de enero de 2001; constituido por unas bienhechurías de frutales de café, debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, el cual está anotado bajo el número 25, folios 01/03, Protocolo I, Tomo I, Primer Trimestre, en fecha 19 de enero de 2001 propuesta por el ciudadano Car.....