En tal sentido en virtud de la inactividad del accionante desde el día 30-09-2008 (Folio 06), fecha en que se le dio entrada por ante este Tribunal a la presente demanda hasta la actualidad, sobre la cual no ha habido pronunciamiento sobre su admisión o no, habiendo transcurrido un tiempo considerable; este Tribunal declara la DECADENCIA DE LA ACCIÓN de la presente demanda.
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal declara la DECADENCIA DE LA ACCIÓN de la presente demanda. Así se establece.-