Criterio que este Despacho Judicial comparte y hace suyo para aplicarlo al presente caso, y siendo que la presente pretensión demandan a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA, siendo un instituto público, el Tribunal competente para el trámite de esta causa no es uno de naturaleza civil, sino el competente en materia contenciosa administrativa, en este caso los Órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, como resulta el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo con sede en esta ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, razón por la cual este Juzgado se declarara INCOMPETENTE en razón de la materia, y declina la competencia al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo con sede en esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa. Así se declara. Por consiguiente, se ordena remitir las presentes actuaciones al referido Tribunal, transcurrido el lapso de Ley.
El Juez Titular,
Abg. José Gregorio Marrero Camacho.
El Secretario Titular,
Abg. Wilfredo Espinoza Ló.....