Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MARÍA ELENA DE SANTIAGO VELÁSQUEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.072.670, quien nació el día 21 de Septiembre de 1984, en el Caserío Cerro Bravo, Parroquia La Concepción, Municipio Sucre (antes Municipio La Concepción, Distrito Sucre) del Estado Portuguesa, que sus progenitores son los ciudadanos ATANACIA DE LA CRUZ VELÁSQUEZ DE DE SANTIAGO y EDUARDO ANTONIO DE SANTIAGO HERNÁNDEZ.
En consecuencia, se ordena oficiar a la Dirección de Registro Civil y Ciudadanía de la Parroquia La Concepción, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, hoy Oficina de Registro.....