Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta la ciudadana: JUANA PAULA SANCHEZ DE ANDRADE, debidamente asistida por la Defensora Pública con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda del estado Portuguesa, según resolución DDPG-2022-248 de fecha 25 de Abril del 2022, Profesional del Derecho ciudadana: ISBETH ALVARADO, contra la ciudadana: OMAIRA FERNADEZ, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: SE ADMITE la Acción de Amparo Constitucional incoada.
TERCERO: SE ACUERDA la Inspección Judicial, a los fines de verificar el supuesto desalojo por vías de hecho de la ciudadan.....