Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo alegada por el coapoderado judicial de la parte demandada abogado en ejercicio RAFAEL OMAR LINARES, relacionada con la falta de cualidad e interés tanto del actor como de los accionados.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE, incoada por la ciudadana MARÍA CENAIDA DELGADILLO, en contra de los ciudadanos LACRUZ HÉCTOR RAMÓN y MONTILLA DE LA CRUZ MORELIA.
En consecuencia se condena a la parte demandada a entregar a la demandante, totalmente desalojado de bienes y personas, el local comercial constante de (2) dos habitaciones, un (1) baño y un (1) garaje, construida sobre un lote de terreno propio, que mide diez (10) metros de frente por o.....