Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO privado y PAGO DE LAS MENSUALIDADES VENCIDAS incoada por la ciudadana MIKELINA PETRIZZO TORO, en representación de la firma personal Hotel Turístico La Giralda contra la empresa INVERSIONES DAKL, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción judicial de Distrito Capital y Estado Miranda bajo el Nº 48, Tomo 28-A de fecha 30 de marzo de 2006, debidamente representada por el ciudadano JUAN CARLOS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.415.604, en su condición de Director Principal; en consecuencia, se les condena a entregar el inmueble libre de personas, muebles u otros enseres de su prop.....