DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el Profesional del Derecho ciudadano: LUIS ALBERTO GONZÁLEZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 163.261, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano: OMAR DAVID GARCÍA LOBATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.547.858.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circu.....