Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declarando:
PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión por DESALOJO incoada por el ciudadano ANTONIO JOSÉ SERENO, contra la ciudadana EGALIZ BEATRIZ DÍAZ HIDALGO, sobre un inmueble constituido por una vivienda de habitación familiar ubicada en la carrera 5 Bis del Barrio la Coromoto, casa Nº 0-111 de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa".
SEGUNDO: SIN LUGAR recurso de Apelación interpuesto por el Apoderado Judicial de la parte accionante, Abogado HEBER PÉREZ ARIZA.
Por consiguiente, se CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha diecisiete de septiembre de.....