Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 ejusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos TAMAYO OCTAVIO ANTONIO y la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAPELON DEL ESTADO PORTUGUESA, en la Persona de la Sindico Procurador Municipal ciudadana Abogada YSMARY PACHECO, parte actora y accionada, la parte actora debidamente asistido por el Abogado JOSE FELIX ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado Bajo el Nros 46.728 respectivamente, en los términos y condiciones señalados en la transacción. Así se Decide.-