Acto seguido, el Juez, oído lo dicho por las partes, y visto que la mediación ha sido producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de las controversias a que se refiere el proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como también de conformidad con lo dispuesto en los artículo 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 256 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley, HOMOLOGA la presente MEDIACION, y le da el carácter de cosa juzgada, acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas y da por terminado el juicio. Igualmente se continuará la audiencia con respectos al re.....