DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La extinción del procedimiento de jurisdicción voluntaria por pérdida de interés procesal del oferente, en la Oferta Real de Pago presentada por el Abogado SAUL RONDON HIDALGO, titular de la cédula de identidad V- 11.082.151, IPSA N° 60.151.; en su condición de Apoderado Judicial de la Empresa Mercantil PROCESADORA AGROINDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., (PRAVENCA); a favor del ciudadano COSIMO CETOLA RUIZ., titular de la cédula de identidad N° V- 15.357.369.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena fijar Cartel.....