En atención a lo establecido, en virtud que el INCES, forma parte de la administración descentralizada por ser un instituto autónomo, capaz de asumir deberes y obligaciones y que parte de los ingresos percibidos por éste provienen tanto de entes privados como del Ejecutivo Nacional, sin lugar a dudas se infiere, que la notificación o llamado que hizo el Tribunal a la Procuraduría General de la República, es porque pudiera verse afectado directa o indirectamente intereses patrimoniales de la República Bolivariana de Venezuela, más no porque se encuentre demandada directamente la misma. Es por ello, que quien suscribe concluye, que este Tribunal actuó en forma correcta al notificar a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Y así se establece.
En consecuencia de lo antes expuesto este Tribunal forzosamente DECLARA IMPROCEDENTE lo solicitado por la abogada JANLENNYS SORA.....