En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano EDUARDO RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 3.525.246, en contra de AGROINDUSTRIAS EL INTENTO, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 26 de julio de 2006, bajo el Nº 71, tomo 197-A.
No hay condenatoria en costas, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo dado que no existe evidencia en autos que el ciudadano Eduardo Rodríguez devengue salario alguno.