II
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su FALTA DE JURISDICCION para conocer del presente procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por la ciudadana Rossana Romero en contra de la Contraloría municipal del municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa a la SALA POLITICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Oficio.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Portuguesa.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala.....