DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos JOSÉ COLMENAREZ, CARLOS CASTILLO y JUANA CASTELLANOS, titulares de las cedulas de identidad N° V- 2.549.691, V- 5.955.730 y V- 4.610.083; y CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos RAMON ALVARADO y JUVENCIO ASCANIO, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 4.200.418 y V- 1.126.935, en su orden, en contra de de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO TUREN DEL ESTADO PORTUGUESA, en consecuencia se condena a pagar a éste último:
PRIMERO: La cantidad de CUARENTA Y TRES MIL ONCE BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (BS. 43.011,43) por los intereses previstos en el a.....