A los fines de asegurar la efectividad y materializacion de la medida cautelar innominada decretada por este tribunal, ordena a las Fuerzas Policiales y a la Guardia Nacional de las Fuerzas Armadas Bolivarianas, velar por el cumplimiento de la medida innominada antes descrita. A estos fines deben ser empleados mecanismos pacíficos a objeto de disipar todo tipo de manifestación agresiva o violenta, protegiendo así la integridad tanto de los presuntos agraviados, de los presuntos agraviantes, y de la colectividad en general.
Ofíciese a la Policía del Estado Portuguesa, así como al Comando de la Guardia Nacional, a los efectos que den cumplimiento a lo aquí acordado.
De igual manera a los fines de garantizar los derechos de las personas presentes en el sitio para el momento de ejecución de la providencia cautelar, se ordena la notificación mediante oficio, del ciudadano Defensor del Pueblo del estado Portuguesa, y así como al Fiscal Superior del Ministerio Publico de esta Jurisdicc.....