DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por las ciudadanas MARIBEL CASTILLO y MARIA COROMOTO SANDOVAL, titulares de la cedula de identidad N° V- 14.346.340 y V- 12.859.323, respectivamente, en contra de la DIRECCION DE EDUCACION ESTADAL DEL ESTADO PORTUGUESA, y en consecuencia, se condena a la misma a pagar los siguientes conceptos laborales:
PRIMERO: Se condena a pagar a la ciudadana MARIBEL CASTILLO por parte de la DIRECCION DE EDUCACION ESTADAL DEL ESTADO PORTUGUESA, la cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (BS. 31.579,85) por concepto de bonif.....