DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado REINALDO ROMERO HERNANDEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 56.834, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil la Sociedad mercantil ITAL TORNO ACARIGUA C.A., inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, bajo el N° 254, tomo 3, de fecha 21 de enero de 1993 contra la Providencia Administrativa N° 042-2010 de fecha 14 de enero de 2010º, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE ACARIGUA, ESTADO PORTUGUESA
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del.....