DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos NELSON JOSE CARUCI SALAS, LUIS MIGUEL GOMEZ y ALBINO DE JESUS GARCIA PEROZO, titulares de la cedula de identidad N° V- 9.561.679, V- 22.108.124 y V- 5.958.876, respectivamente, en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA INDUSTRIAL DE AGREGADOS, C.A (V.I.A.C.A), inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 06 de octubre de 1975. En consecuencia, se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena a la sociedad mercant.....