Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento incoado por los ciudadanos JOEL ANTONIO PEREZ TORRES y JOEL ANTONIO PEREZ, titulares de la cédula de identidad números V- 19.282.058 y V- 10.139.557, en su orden, en contra de CONSTRUCTORA CONDIELM y la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE LA GONERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA.