Por las razones que se expusieron, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento formulado por la sociedad mercantil INDUSTRIA AZUCARERA SANTA ELENA, C.A, en el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar, contra la providencia administrativa N° 389-07 de fecha 23 de julio de 2007, emanada de la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa.
En Acarigua, a los quince (15) días del mes de noviembre de 2012.
ABG GISELA GRUBER ABG. YRBERT ALVARADO
LA JUEZ DE JUICIO LA SECRETARIA
GEGM/GabrielaI.