DECISIÓN
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento formulado por la abogado Rosa Muller, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.011, actuando en su condición de apoderada judicial de la ASOCIACION DE PRODUCTORES RURALES DEL ESTADO PORTUGUESA (ASOPORTUGUESA), en el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por dicha asociación contra la providencia administrativa número 405/09, dictada en fecha 06 de agosto del año 2009 por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa.