fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HONORIO ANTONIO LUCENA, Titular de la cedula de identidad No. V- 8.664.621 en contra de EXPORTADORA AGRÍCOLA S.A. (EXASA), sociedad mercantil inscrita por ante el registro mercantil cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el N° 64, Tomo 17-A en fecha 16 de marzo del año 2011.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil EXPORTADORA AGRÍCOLA S.A. (EXASA) sociedad mercantil inscrita por ante el registro mercantil cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, bajo el N° 64, Tomo 17-A en fecha 16 de marzo del año 2011, .....