DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana LILIANA MARISOL RODRIGUEZ RANGEL, titular de la cedula de identidad N° V- 11.541.213, en contra de la sociedad mercantil SUPRA OPTICA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 26 de diciembre de 1996, bajo el Nº 18, tomo 35-A. En consecuencia, se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos:
PRIMERO: Se condena a la sociedad mercantil demandada al pago de la cantidad de CATORSE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (BS. 14.361,35) p.....