Por las razones que se expusieron, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento formulado por la ciudadana Olivia de Cordero, titular de la Cedula de Identidad N° 1.118.449 en el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con Amparo Cautelar y subsidiariamente con medida de suspensión de efectos del acto administrativo, contra la providencia administrativa número 578/07, dictada en fecha 19 de diciembre del año 2007 por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa.