DECISIÓN
Por todas las razones de antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara Homologado el desistimiento expuesto por el recurrente en fecha 24 de noviembre de 2011 y declara DESISTIDA la acción de amparo cautelar interpuesta por el ciudadano José Gregorio López Alejos, en contra de la sociedad mercantil Unidad Regional Acarigua Plásticos (URAPLAST C.A.)