D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por el ciudadano WILMER ANTONIO MONSALVE MONTAÑA, contra la ciudadana EDURVIS CAROLINA RUIZ GRATEROL, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal segunda del Artículo número 185 del Código Civil. En consecuencia, conforme al Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Prefectura Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, en fecha en fecha 26 de mayo del 2003, tal como consta en el Acta Nº 188.
La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los niños (identificación omitida por disposición de la Ley) , será ejercida por el pad.....